BASES Y CONDICIONES PROMOCIÓN “DÍA DEL NIÑO ALTO FLASHBACK” ALTO PALERMO

IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, CUIT 30-52532274-9, con domicilio en Carlos Della Paolera 261, piso 9°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) es el organizador de la presente Promoción, sin obligación de compra, denominada “DÍA DEL NIÑO ALTO FLASHBACK” (en adelante, la “Promoción”) que se regirá por las estipulaciones y condiciones que a continuación se detallan (en adelante, las “Bases”). Las personas intervinientes en la misma, por su sola participación, aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases, así como las decisiones adoptadas por el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas.

  1. VIGENCIA: La Promoción se llevará a cabo de 15.00 a 20.00hs. los días 15, 16 y 17 de agosto de 2025 (en adelante, el “Plazo de Vigencia”) en el centro comercial Alto Palermo, sito en Av. Santa Fe 3253, Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Shopping”).

  2. PARTICIPANTES: Podrán participar de la Promoción (I) aquellas personas físicas, (II) mayores de 18 años, (III) que residan en el Área Metropolitana de Buenos Aires (en adelante, el “Territorio”), (IV) que se encuentren registradas y/o se registren en ¡APPA!, y (V) que carguen en ¡appa! y presenten en el stand de la Promoción una factura de compra emitida en alguno de los locales/stands del Shopping por la suma de pesos argentinos cien mil ($100.000) o más (en adelante los “Participantes”).

  3. FACTURAS Y/O TICKETS ADMITIDOS: Son facturas o tickets de compra habilitados para participar de esta Promoción aquéllos que reúnan simultáneamente las características que se establecen a continuación: (i) Que haya sido emitida/o durante el Plazo de Vigencia por alguno de los locales y/ o stands del Shopping; (ii) Que sea por la suma de pesos argentinos cien mil ($100.000) o más; (iii) Que sea cargada en ¡appa! y presentada en el stand de la Promoción durante el Plazo de Vigencia; y (iv) Que esté aprobada por el Organizador. No se podrán acumular facturas para llegar al monto requerido.

    Cada factura que sea presentada en el stand de la Promoción durante el Plazo de Vigencia, que cumpla los requisitos, y que esté aprobada por el Organizador brindará una (1) chance en el Sorteo que se describe en el punto 6 siguiente. Para acceder al sorteo, los Participantes deberán escanear el código QR de ¡appa! exhibido en el stand, una vez cumplidos los requisitos de participación. Al escanear el código QR en el stand de la Promoción, los primeros cien (100) Participantes recibirán un juego tetris de regalo, válido únicamente hasta agotar stock de cien (100) unidades. Una vez agotado el stock, los demás Participantes podrán participar del Sorteo pero no recibirán un tetris.

    Se aclara que la presente Promoción no implica obligación de compra ya que se podrá participar de manera gratuita siguiendo los pasos indicados en el punto 5 siguiente.

  4. ACTUACIÓN DE APPA: Los Usuarios declaran conocer que la aplicación ¡appa! es de titularidad de WE ARE APPA S.A., CUIT 30-71625300-3, con domicilio en Carlos Della Paolera 261, piso 8, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien actúa exclusivamente con relación a la presente como agente, actuando por nombre y orden del Organizador, siendo este último exclusivo organizador de la presente Promoción.

  5. PROMOCIÓN SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA: Aquellas personas que deseen participar sin cargar una factura de compra, podrán hacerlo siguiendo a la cuenta de Alto Palermo en la red social Instagram (@alto_palermo) y presentando en el stand de la Promoción, durante el Plazo de Vigencia, un dibujo propio realizado a mano y coloreado del logo del Shopping. Asimismo, deberán indicar junto al dorso del dibujo su nombre, apellido, tipo y número de documento, dirección de correo electrónico y teléfono y obtendrán una (1) chance en el Sorteo que se describe en el punto 6 de las Bases. Se podrá presentar como máximo un (1) dibujo durante el Plazo de Vigencia de la Promoción. Se aclara que bajo esta modalidad de participación no se podrá obtener el tetris indicando en el punto 3 precedente.

  6. MECÁNICA DEL SORTEO: El 18 de agosto de 2025 se realizará un (1) sorteo, entre todos los Participantes (en adelante, el “Sorteo”). El Sorteo se realizará mediante un sitio web o app de sorteos, pudiendo ser grabado o presenciado por dos (2) testigos, o ante un escribano público, a elección del Organizador, del cual saldrá un (1) potencial ganador extraído de las bases de datos confeccionadas como consecuencia de las posibilidades de participación asignadas conforme a las previsiones previstas en el punto nueve (9) de estas Bases (en adelante, los “Ganador”). En el caso de que salgan seleccionadas personas que no cumplan con los requisitos exigidos en el punto 2 y 3 se sorteará nuevamente y así sucesivamente hasta dar cumplimiento con los requisitos de participación. La persona que cumpla con los requisitos de participación y con el punto 8 respecto a la adjudicación del Premio será el Ganador del Sorteo.

    El Organizador se reserva el derecho de modificar la fecha del Sorteo, dando en su caso, la debida comunicación y publicación. Se extraerá adicionalmente un (1) suplente, para utilizar en caso de que el extraído inicialmente no fuese válido o no cumpla con los requisitos previstos en los puntos 2 y 3 de las presentes Bases, de manera tal de hacer posible la adjudicación del premio correspondiente a la Promoción.

  7. PREMIO: El Ganador del Sorteo será adjudicatario de un (1) reloj inteligente/smartwatch de la marca Garmin y de una (1) tablet de la marca Enova (en adelante, el “Premio”). El Premio estará sujeto a disponibilidad de modelo y color en el local Style Store al momento del retiro del Premio.

    El Premio no se podrá canjear por dinero en efectivo, ni otro destino, ni por otro producto ni por ninguna otra prestación, ni aun cuando no gozará de él total o parcialmente por cualquier causa. El Premio se limita al detalle mencionado y por lo tanto no incluye otros bienes, prestaciones ni gastos. En consecuencia, todo gasto adicional en el que incurra el Ganador para acceder, hacer uso o disponer del Premio correrá por su exclusiva cuenta, por lo que queda excluido los gastos de movilidad y traslado para el uso y/o adjudicación del Premio. Una vez entregado, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto del Premio. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado al Premio.

    El Organizador no reemplazará el Premio que sea extraviado o robado o hurtado, después de su entrega del mismo al Ganador. El Organizador no otorga garantía de calidad, ni ninguna otra con relación al servicio ofrecido como Premio. El Organizador no será responsable por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa del Sorteo, con excepción de lo previsto en estas Bases.

  8. GANADOR – NOTIFICACIÓN – ACEPTACIÓN DEL PREMIO – ADJUDICACIÓN: El Ganador será notificado a través del correo electrónico y/o teléfono celular asociado a la cuenta de ¡appa! con la cual hayan participado de la Promoción. El Ganador del Sorteo deberá presentarse en la administración del Shopping dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al contacto por parte del Organizador. No se podrá presentar una persona distinta al Ganador. A los efectos de hacer efectiva la adjudicación y la entrega del Premio, el Ganador deberá presentar una copia de su documento nacional de identidad y responder una pregunta de interés general que le será formulada en el momento. Si el Ganador no se presentara en dicho plazo y/o no cumpliera con dichos requisitos y/o respondieran en forma incorrecta a la pregunta de interés general, perderá todo derecho al Premio y se seguirá el mismo procedimiento respecto del suplente, por orden cronológico de selección. En tal sentido, toda presentación o reclamo efectuado por el Ganador en lugar distinto, fuera del horario o fechas indicadas, resultará extemporánea y hará perder, en forma automática, el derecho al reclamo del Premio.

    En el supuesto de que el Premio no fuera efectivamente reclamado y/o retirado por el Ganador y/o el suplente previo al día 29/08/2025, el Premio quedará en propiedad del Organizador. El Premio deberá retirarse por el local Style Store de Alto Palermo en la fecha indicada por el Organizador.

  9. PREMIO ASIGNADO y NO RECLAMADO: Si por cualquier motivo cualquier Premio no pudiera entregarse, el Premio quedará en poder del Organizador.

  10. PROBABILIDADES: La probabilidad de ganar uno de los Premios dependerá de la cantidad de Participantes, por lo que no es posible su predeterminación matemática. No obstante, y en cumplimiento de las disposiciones reglamentarias aplicables, en el supuesto que se reciban un total de un mil (1.000) participaciones la probabilidad sería de 0,001%.

  11. RESPONSABILIDAD: El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Ganador en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan en esta Promoción, por su sola participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones previstas en las presentes Bases.

    El Organizador en ningún caso, será responsable por fallas en los equipos de computación, de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la Promoción.

    Al recibir el Premio, el Ganador lo acepta sin que exista ninguna otra obligación por parte del Organizador. El Ganador conviene en liberar y eximir de toda responsabilidad al Organizador, así como a sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra persona directamente involucrada en la Promoción, de toda responsabilidad que en cualquier forma pueda surgir directa o indirectamente de su participación en la Promoción y/o de la aceptación y/o utilización del Premio.

  12. DATOS PERSONALES: Los Datos Personales obtenidos a través de la Promoción serán utilizados para las siguientes finalidades: (a) Formar un perfil del Usuario e incorporarlo en programas de fidelización de clientes, (b) Enviarle al Usuario información y material publicitario y/o promocional relacionado con la actividad que desarrolla el Organizador y/o sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas (c) realizar un estudio de mercado del Organizador o de sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas.

    Los datos personales obtenidos con motivo de la presente Promoción, podrán ser almacenados en una base de datos de titularidad del Organizador la cual podrá será utilizada por ella o sus sociedades vinculadas o vinculantes a los fines del envío de material publicitario y promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, ellos siempre y cuando el participante preste el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias, suscribiendo la documentación correspondiente.

    El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Ganadores por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los Participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

    El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de los datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara o permitiera al responsable de la base de datos conservarlos. Podrá hacerlo enviando un mail a clientes@irsa.com.ar

    La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.”

  13. FACULTADES DEL ORGANIZADOR: El Organizador podrá, a su sólo criterio modificar la duración de la Promoción y los Premios por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los Participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

  14. IMPEDIMENTOS PARA PARTICIPAR DE LA PROMOCIÓN: No podrán participar en esta Promoción aquellas personas menores de dieciocho (18) años a la fecha de inicio del plazo de vigencia de la Promoción ni quienes tengan su domicilio fuera del Territorio, los empleados del Organizador, los locatarios y empleados de los locales y/o góndolas comerciales ubicados en el Shopping, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción.

  15. ACEPTACIÓN DE BASES: La participación en esta Promoción implica total conocimiento y aceptación de estas Bases, las que por causas ajenas y de fuerza mayor no imputables al Organizador, podrán ser modificadas, previa autorización de la autoridad de aplicación, sin que ello dé lugar a reclamo o indemnización alguna.

  16. COMPETENCIA- JURISDICCIÓN: Toda relación que en virtud de la Promoción se genere entre el Participante y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el Participante, los Tribunales Comerciales de la Ciudad de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.

 

BASES Y CONDICIONES “SWATCH SCUBAQUA – ALTO PALERMO”

IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, CUIT 30-52532274-9, con domicilio en Carlos Della Paolera 261, piso 9°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) es el organizador de la presente Promoción, sin obligación de compra, denominada “SWATCH SCUBAQUA – ALTO PALERMO” (en adelante, la “Promoción”) que se regirá por las estipulaciones y condiciones que a continuación se detallan (en adelante, las “Bases”). Las personas intervinientes en la misma, por su sola participación, aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases, así como las decisiones adoptadas por el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas.

  1. VIGENCIA: La Promoción se llevará a cabo desde el 15 de agosto de 2025 hasta el 25 de agosto de 2025, inclusive, en el horario de 10:00 a 22:00 horas (en adelante, el “Plazo de Vigencia”) en el centro comercial Alto Palermo, sito en Av. Santa Fe 3253, Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Shopping”).

     

  2. PARTICIPANTES: Podrán participar de la Promoción (I) aquellas personas físicas, (II) mayores de 18 años, (III) que residan en la República Argentina (en adelante, el “Territorio”), (IV) que se encuentren registradas y/o se registren en ¡appa!, y (V) que carguen en ¡appa! una factura de compra emitida en el local Swatch del Shopping por la suma de pesos argentinos cien mil ($100.000.-) o más (en adelante los “Participantes”).

     

  3. FACTURAS Y/O TICKETS ADMITIDOS: Son facturas o tickets de compra habilitados para participar de esta Promoción aquéllos que reúnan simultáneamente las características que se establecen a continuación: (i) Que haya sido emitida/o durante el Plazo de Vigencia por Swatch sucursal Alto Palermo; (ii) Que sea por la suma de pesos argentinos cien mil ($100.000.-) o más; (iii) Que sea cargada en ¡appa! durante el Plazo de Vigencia; y (iv) Que esté aprobada por el Organizador. No se podrán acumular facturas para llegar al monto requerido.

    Cada factura que sea cargada en ¡appa! durante el Plazo de Vigencia, que cumpla los requisitos, y que esté aprobada por el Organizador brindará una (1) chance en la Promoción que se describe en las Bases.

    Se aclara que la presente Promoción no implica obligación de compra ya que se podrá participar de manera gratuita siguiendo los pasos indicados en el punto 5 siguiente.

  4. ACTUACIÓN DE APPA: Los Usuarios declaran conocer que la aplicación ¡appa! es de titularidad de WE ARE APPA S.A., CUIT 30-71625300-3, con domicilio en Carlos Della Paolera 261, piso 8, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien actúa exclusivamente con relación a la presente como agente, actuando por nombre y orden de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, siendo este último exclusivo organizador de la presente Promoción.

     

  5. PROMOCIÓN SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA: Aquellas personas que deseen participar sin cargar una factura de compra, podrán hacerlo siguiendo a la cuenta de Alto Palermo en la red social Instagram (@alto_palermo) y presentando vía mensaje directo de Instagram, durante el Plazo de Vigencia, un dibujo propio realizado a mano y coloreado del logo del Shopping y de Swatch. Asimismo, deberán indicar junto al dorso del dibujo su nombre, apellido, tipo y número de documento, dirección de correo electrónico y teléfono y obtendrán una (1) chance en la Promoción. Se podrá presentar como máximo un (1) dibujo durante el Plazo de Vigencia de la Promoción.

     

  6. MECÁNICA DEL SORTEO: El 25 de agosto de 2025 a las 15:00hs. en el Shopping se realizará un (1) sorteo, entre todos los Participantes (en adelante, el “Sorteo”). El Sorteo se realizará mediante un sitio web de sorteos, del cual saldrá un (1) potencial ganador extraído de las bases de datos confeccionadas como consecuencia de las posibilidades de participación asignadas conforme a las previsiones previstas en el punto nueve (9) de estas Bases (en adelante, los “Ganador”). En el caso de que salgan seleccionadas personas que no cumplan con los requisitos exigidos en el punto 2 y 3 se sorteará nuevamente y así sucesivamente hasta dar cumplimiento con los requisitos de participación. La persona que cumpla con los requisitos de participación y con el punto 8 respecto a la adjudicación del Premio será el Ganador del Sorteo.

    El Organizador se reserva el derecho de modificar la fecha del Sorteo, dando en su caso, la debida comunicación y publicación. Se extraerá adicionalmente un (1) suplente, para utilizar en caso de que el extraído inicialmente no fuese válido o no cumpla con los requisitos previstos en los puntos 2 y 3 de las presentes Bases, de manera tal de hacer posible la adjudicación del premio correspondiente a la Promoción.

  7. PREMIO: El Ganador del Sorteo será adjudicatario de un (1) 1 reloj LION’S MANE de la colección SCUBAQUA, de la marca Swatch (en adelante, el “Premio”).

     

    El Premio no se podrá canjear por dinero en efectivo, ni otro destino, ni por otro producto ni por ninguna otra prestación, ni aun cuando no gozará de él total o parcialmente por cualquier causa. El Premio se limita al detalle mencionado y por lo tanto no incluye otros bienes, prestaciones ni gastos. En consecuencia, todo gasto adicional en el que incurra el Ganador para acceder, hacer uso o disponer del Premio correrá por su exclusiva cuenta, por lo que queda excluido los gastos de movilidad y traslado para el uso y/o adjudicación del Premio. Una vez entregado, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto del Premio. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado al Premio.

    El Organizador no reemplazará el Premio que sea extraviado o robado o hurtado, después de su entrega del mismo al Ganador. El Organizador no otorga garantía de calidad, ni ninguna otra con relación al servicio ofrecido como Premio, la garantía deberá ser tramitada en forma directa con el fabricante y/o comercializador del producto en la República Argentina. El Organizador no será responsable por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa del Sorteo, con excepción de lo previsto en estas Bases.

  8. GANADOR – NOTIFICACIÓN – ACEPTACIÓN DEL PREMIO – ADJUDICACIÓN: El Ganador será notificado a través del correo electrónico y/o teléfono celular asociado a la cuenta de ¡appa! con la cual hayan participado de la Promoción. El Ganador del Sorteo deberá presentarse en la administración del Shopping dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al contacto por parte del Organizador. No se podrá presentar una persona distinta al Ganador. A los efectos de hacer efectiva la adjudicación y la entrega del Premio, el Ganador deberá presentar una copia de su documento nacional de identidad y responder una pregunta de interés general que le será formulada en el momento. Si el Ganador no se presentara en dicho plazo y/o no cumpliera con dichos requisitos y/o respondieran en forma incorrecta a la pregunta de interés general, perderá todo derecho al Premio y se seguirá el mismo procedimiento respecto del suplente. En tal sentido, toda presentación o reclamo efectuado por el Ganador en lugar distinto, fuera del horario o fechas indicadas, resultará extemporánea y hará perder, en forma automática, el derecho al reclamo del Premio.

    En el supuesto de que el Premio no fuera efectivamente reclamado y/o retirado por el Ganador y/o el suplente previo al día 10/09/2025, el Premio quedará en propiedad del Organizador.

  9. PREMIO ASIGNADO y NO RECLAMADO: Si por cualquier motivo cualquier Premio no pudiera entregarse, el Premio quedará en poder del Organizador.

     

  10. PROBABILIDADES: La probabilidad de ganar uno de los Premios dependerá de la cantidad de Participantes, por lo que no es posible su predeterminación matemática. No obstante, y en cumplimiento de las disposiciones reglamentarias aplicables, en el supuesto que se reciban un total de un mil (1.000) participaciones la probabilidad sería de 0,001%.

     

  11. RESPONSABILIDAD: El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Ganador en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan en esta Promoción, por su sola participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones previstas en las presentes Bases.

     

    El Organizador en ningún caso, será responsable por fallas en los equipos de computación, de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la Promoción.

    Al recibir el Premio, el Ganador lo acepta sin que exista ninguna otra obligación por parte del Organizador. El Ganador conviene en liberar y eximir de toda responsabilidad al Organizador, así como a sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra persona directamente involucrada en la Promoción, de toda responsabilidad que en cualquier forma pueda surgir directa o indirectamente de su participación en la Promoción y/o de la aceptación y/o utilización del Premio.

  12. DATOS PERSONALES: Los Datos Personales obtenidos a través de la Promoción serán utilizados para las siguientes finalidades: (a) Formar un perfil del Usuario e incorporarlo en programas de fidelización de clientes, (b) Enviarle al Usuario información y material publicitario y/o promocional relacionado con la actividad que desarrolla el Organizador y/o sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas (c) realizar un estudio de mercado de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA o de sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas.

     

    Los datos personales obtenidos con motivo de la presente Promoción, podrán ser almacenados en una base de datos de titularidad de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, la cual podrá será utilizada por ella o sus sociedades vinculadas o vinculantes a los fines del envío de material publicitario y promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, ellos siempre y cuando el participante preste el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias, suscribiendo la documentación correspondiente.

    El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Ganadores por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los Participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

    El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de los datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara o permitiera al responsable de la base de datos conservarlos. Podrá hacerlo enviando un mail a clientes@irsa.com.ar

    La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.”

  13. FACULTADES DEL ORGANIZADOR: El Organizador podrá, a su sólo criterio modificar la duración de la Promoción y los Premios por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los Participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

     

  14. IMPEDIMENTOS PARA PARTICIPAR DE LA PROMOCIÓN: No podrán participar en esta Promoción las siguientes personas: (i) los menores de dieciocho (18) años a la fecha de inicio del plazo de vigencia de la Promoción; (ii) quienes tengan su domicilio fuera de República Argentina, (iii) los empleados del Shopping y de los restantes centros comerciales operados por IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA o sus sociedades vinculadas (*); (iv) los empleados de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA y de sus sociedades vinculadas relacionadas al negocio retail (*); (v) los locatarios y empleados de los locales y/o góndolas comerciales ubicados en el Shopping a cargo de la promoción; (vi) los empleados y/o subcontratados de las agencias de publicidad y/o agencias productoras relacionadas con la Promoción, y (vii) los familiares en primer grado de consanguinidad y afinidad (padres, hijos, hermanos, cónyuge o conviviente) de todas las personas mencionadas en los puntos anteriores; en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción.

    *Empresas vinculadas: IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA; PANAMERICAN MALL S.A.; ARCOS DEL GOURMET S.A.; NUEVO PUERTO SANTA FE S.A.; SHOPPING NEUQUÉN S.A.; FIBESA SOCIEDAD ANÓNIMA; WE ARE APPA S.A.; CRESUD S.A.C.I.F.Y.A.; GCDI S.A.; y EMPRENDIMIENTO RECOLETA S.A.

  15. ACEPTACIÓN DE BASES: La participación en esta Promoción implica total conocimiento y aceptación de estas Bases, las que por causas ajenas y de fuerza mayor no imputables al Organizador, podrán ser modificadas, previa autorización de la autoridad de aplicación, sin que ello dé lugar a reclamo o indemnización alguna.

     

  16. COMPETENCIA- JURISDICCIÓN: Toda relación que en virtud de la Promoción se genere entre el Participante y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el Participante, los Tribunales Comerciales de la Ciudad de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.

 

BASES Y CONDICIONES  “PARTIDO ARGENTINA – VENEZUELA”

IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, CUIT N° 30-52532274-9; PANAMERICAN MALL S.A., CUIT N° 30-70989252-1; ARCOS DEL GOURMET S.A., CUIT N° 33-70815893-9; y NUEVO PUERTO SANTA FE S.A., CUIT N° 30-70975365-3, todas ellas con domicilio en Carlos Della Paolera 261, piso 8°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, los “Organizadores” o “IRSA”, “PAMSA”, “ARCOS” y “NPSF” cada de una de ellas respectivamente) son los organizadores de la presente Promoción, sin obligación de compra, denominada “PARTIDO ARGENTINA – VENEZUELA” (en adelante, la “Promoción”) que se regirá por las estipulaciones y condiciones que a continuación se detallan (en adelante, las “Bases”). Las personas intervinientes en la misma, por su sola participación, aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases, así como las decisiones adoptadas por los Organizadores sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas.

  1. VIGENCIA: La Promoción se llevará a cabo desde las 10:00hs. del 15 de agosto de 2025 hasta las 22:00hs. del 24 de agosto de 2025 (en adelante, el “Plazo de Vigencia”) en los centros comerciales (i) Abasto Shopping, sito en Av. Corrientes 3247, CABA; (ii) Alcorta Shopping, sito en J. Salguero 3172, CABA; (iii) Alto Avellaneda, sito en Güemes 897, Avellaneda, Buenos Aires; (iv) Alto Comahue, sito en Av. Dr. Ramón 355, Neuquén; (v) Alto Noa, sito en Av. Bicentenario de la Batalla de Salta 702, Salta; (vi) Alto Palermo, sito en Av. Santa Fe 3253, CABA; (vii) Alto Rosario, sito en Junin 385, Rosario, Santa Fe; (viii) Córdoba Shopping, sito en José de Goyechea 2851, Córdoba; (ix) Distrito Arcos, sito en Paraguay 4979, CABA; (x) Dot Baires Shopping, sito en Vedia 3626, CABA; (xi) Mendoza Shopping, sito en Av. De Acceso Este 3280, Guaymallén, Mendoza; (xii) Patio Bullrich, sito en Posadas 1245, CABA; (xiii) Ribera Shopping, sito en Dique N° 1 del Puerto de Santa Fe, Ciudad de Santa Fe, Santa Fe; (xiv) Soleil Premium Outlet, sito en Bernardo de Irigoyen 2647, Boulogne, Buenos Aires; (xv) Terrazas de Mayo, sito en Av. Arturo Illia 3779, Malvinas Argentinas, Buenos Aires (en adelante, los “Shoppings”).

     

  2. PARTICIPANTES: Podrán participar de la Promoción (I) aquellas personas físicas, (II) mayores de 18 años, (III) que residan en la República Argentina (en adelante, el “Territorio”), (IV) que se encuentren registradas y/o se registren en ¡APPA!, y (V) que carguen en ¡appa! una factura de compra emitida en alguno de los locales/stands de los Shoppings por la suma de pesos argentinos cien mil ($100.000) o más (en adelante los “Participantes”).

     

  3. FACTURAS Y/O TICKETS ADMITIDOS: Son facturas o tickets de compra habilitados para participar de esta Promoción aquéllos que reúnan simultáneamente las características que se establecen a continuación: (i) Que haya sido emitida/o durante el Plazo de Vigencia por alguno de los locales y/o stands del Shopping; (ii) Que sea por la suma de pesos argentinos cien mil ($100.000) o más; (iii) Que sea presentada en el stand de la Promoción durante el Plazo de Vigencia; y (iv) Que esté aprobada por los Organizadores. No se podrán acumular facturas para llegar al monto requerido.

     

    Cada factura que sea cargada en ¡appa! durante el Plazo de Vigencia, que cumpla los requisitos, y que esté aprobada por los Organizadores brindará una (1) chance en el Sorteo que se describe en el punto 6 siguiente.

    Se aclara que la presente Promoción no implica obligación de compra ya que se podrá participar de manera gratuita siguiendo los pasos indicados en el punto 5 siguiente.

  4. ACTUACIÓN DE APPA: Los Participantes declaran conocer que la aplicación ¡appa! es de titularidad de WE ARE APPA S.A., CUIT 30-71625300-3, con domicilio en Carlos Della Paolera 261, piso 8, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien actúa exclusivamente con relación a la presente como agente, actuando por nombre y orden de los Organizadores, siendo este último exclusivo organizador de la presente Promoción.

     

  5. PROMOCIÓN SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA: Aquellas personas que deseen participar sin cargar una factura de compra, podrán hacerlo siguiendo a la cuenta de los Shoppings en la red social Instagram y enviando vía mensaje directo de Instagram a alguna de las cuentas de los Shopping, durante el Plazo de Vigencia, un dibujo propio realizado a mano y coloreado del logo de dicho Shopping y del logo de la Asociación de Fútbol Argentino (AFA). Asimismo, deberán indicar junto al mensaje su nombre, apellido, tipo y número de documento, dirección de correo electrónico y teléfono y obtendrán una (1) chance en el Sorteo que se describe en el punto 6 de las Bases. Se podrá presentar como máximo un (1) dibujo durante el Plazo de Vigencia de la Promoción.

     

  6. MECÁNICA DEL SORTEO: El 27 de agosto de 2025 se realizará un (1) sorteo, entre todos los Participantes (en adelante, el “Sorteo”). El Sorteo se realizará mediante un sitio web o app de sorteos, pudiendo ser grabado o presenciado por dos (2) testigos, o ante un escribano público, a elección de los Organizadores, del cual saldrán ocho (8) potenciales ganadores extraído de las bases de datos confeccionadas entre todos los Shoppings como consecuencia de las posibilidades de participación asignadas conforme a las previsiones previstas en el punto nueve (9) de estas Bases (en adelante, los “Ganadores”). En el caso de que salgan seleccionadas personas que no cumplan con los requisitos exigidos en el punto 2 y 3 se sorteará nuevamente y así sucesivamente hasta dar cumplimiento con los requisitos de participación. La persona que cumpla con los requisitos de participación y con el punto 8 respecto a la adjudicación del Premio serán los Ganadores del Sorteo.

     

    Podrá resultar Ganador de la Promoción un único Participante por Shopping. En ese sentido, si al realizar el Sorteo y obtener a los ocho (8) Ganadores, dos o más de ellos hubieran cargado una factura del mismo centro comercial, el Participante que estuviera en el puesto más bajo no será considerado Ganador y en su lugar se considerará Ganador al siguiente Participante que hubiera participado con una factura de un Shopping sin Ganador. En dicho caso, el Participante quedará en condición de suplente y reemplazará al ganador titular de dicho Shopping si no cumpliera los requisitos indicados en el punto 8 de las Bases.

    Los Organizadores se reserva el derecho de modificar la fecha del Sorteo, dando en su caso, la debida comunicación y publicación. Adicionalmente se obtendrán ocho (8) suplentes, para utilizar en caso de que el extraído inicialmente no fuese válido o no cumpla con los requisitos previstos en los puntos 2 y 3 de las presentes Bases, de manera tal de hacer posible la adjudicación del premio correspondiente a la Promoción.

  7. PREMIO: Los Ganadores del Sorteo serán adjudicatarios de dos (2) entradas, sector platea alta, para el partido Argentina vs. Venezuela que se desarrollará el día 04 de septiembre de 2025 a las 20.30hs en el Estadio Mâs Monumental, sito en Av. Figueroa Alcorta 7597, Ciudad de Buenos Aires, Argentina (en adelante, el “Premio”). El sector y ubicación de las plateas entregadas como Premio se encuentra sujeta a disponibilidad y elección de los Organizadores.

     

    El Premio no se podrá canjear por dinero en efectivo, ni por otro producto ni por ninguna otra prestación, ni aun cuando no gozará de él total o parcialmente por cualquier causa.  El Premio se limita al detalle mencionado y por lo tanto no incluye otros bienes, prestaciones, servicios, ni gastos. En consecuencia, todo gasto adicional en el que incurran los Ganadores para acceder, hacer uso o disponer del Premio correrá por su exclusiva cuenta, por lo que queda excluido los gastos de movilidad y traslado para el uso y/o adjudicación del Premio. Una vez entregado, los Organizadores quedan liberados de toda responsabilidad respecto del Premio. Los Organizadores no asumen responsabilidad alguna por el uso o destino dado al Premio. Los Organizadores en ningún caso tendrán a su cargo los gastos de traslados hacia o desde la Ciudad de Buenos Aires y/o alojamientos de los Ganadores.

    Los Organizadores no reemplazarán el Premio que sea extraviado o robado o hurtado, después de su entrega del mismo a los Ganadores. Los Organizadores no otorgan garantía de calidad, ni ninguna otra con relación al servicio ofrecido como Premio. Los Organizadores no serán responsables por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa del Sorteo, con excepción de lo previsto en estas Bases.

  8. GANADORES – NOTIFICACIÓN – ACEPTACIÓN DEL PREMIO – ADJUDICACIÓN: Los Ganadores serán notificados a través del correo electrónico y/o teléfono celular asociado a la cuenta de ¡appa! con la cual hayan participado de la Promoción. Los Ganadores del Sorteo deberán presentarse en la administración del Shopping indicado por los Organizadores dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al contacto por parte de los Organizadores. No se podrá presentar una persona distinta a los Ganadores. A los efectos de hacer efectiva la adjudicación y la entrega del Premio, los Ganadores deberán presentar una copia de su documento nacional de identidad y responder una pregunta de interés general que le será formulada en el momento. Si los Ganadores no se presentaran en dicho plazo y/o no cumpliera con dichos requisitos y/o respondieran en forma incorrecta a la pregunta de interés general, perderá todo derecho al Premio y se seguirá el mismo procedimiento respecto del suplente, por orden cronológico de selección. En tal sentido, toda presentación o reclamo efectuado por los Ganadores en lugar distinto, fuera del horario o fechas indicadas, resultará extemporánea y hará perder, en forma automática, el derecho al reclamo del Premio.

     

    En el supuesto de que el Premio no fuera efectivamente reclamado y/o retirado por los Ganadores y/o el suplente previo al día 03/09/2025, el Premio quedará en propiedad de los Organizadores.
  9. PREMIO ASIGNADO y NO RECLAMADO: Si por cualquier motivo cualquier Premio no pudiera entregarse, el Premio quedará en poder de los Organizadores.

     

  10. PROBABILIDADES: La probabilidad de ganar uno de los Premios dependerá de la cantidad de Participantes, por lo que no es posible su predeterminación matemática. No obstante, y en cumplimiento de las disposiciones reglamentarias aplicables, en el supuesto que se reciban un total de un mil (1.000) participaciones la probabilidad sería de 0,007%.

     

  11. RESPONSABILIDAD: Los Organizadores no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran sufrir los Ganadores en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan en esta Promoción, por su sola participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones previstas en las presentes Bases.

     

    Los Organizadores en ningún caso, será responsable por fallas en los equipos de computación, de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la Promoción.

    Al recibir el Premio, los Ganadores lo aceptan sin que exista ninguna otra obligación por parte de los Organizadores. Los Ganadores convienen en liberar y eximir de toda responsabilidad al Organizador, así como a sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra persona directamente involucrada en la Promoción, de toda responsabilidad que en cualquier forma pueda surgir directa o indirectamente de su participación en la Promoción y/o de la aceptación y/o utilización del Premio.

  12. DATOS PERSONALES:  Los Datos Personales obtenidos a través de la Promoción serán utilizados para las siguientes finalidades: (a) Formar un perfil del Usuario e incorporarlo en programas de fidelización de clientes, (b) Enviarle al Usuario información y material publicitario y/o promocional relacionado con la actividad que desarrolla los Organizadores y/o sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas (c) realizar un estudio de mercado de los Organizadores o de sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas.

     

    Los datos personales obtenidos con motivo de la presente Promoción, podrán ser almacenados en una base de datos de titularidad de los Organizadores, la cual podrá será utilizada por ella o sus sociedades vinculadas o vinculantes a los fines del envío de material publicitario y promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, ellos siempre y cuando el participante preste el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias, suscribiendo la documentación correspondiente.

    Los Organizadores se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Ganadores por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los Participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que los Organizadores disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

    El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de los datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara o permitiera al responsable de la base de datos conservarlos. Podrá hacerlo enviando un mail a clientes@irsa.com.ar

    La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.”

  13. FACULTADES DE LOS ORGANIZADORES: Los Organizadores podrá, a su sólo criterio modificar la duración de la Promoción y los Premios por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. Los Organizadores podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los Participantes. Los Organizadores será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

     

  14. IMPEDIMENTOS PARA PARTICIPAR DE LA PROMOCIÓN: No podrán participar en esta Promoción las siguientes personas: (i) los menores de dieciocho (18) años a la fecha de inicio del plazo de vigencia de la Promoción; (ii) quienes tengan su domicilio fuera de la República Argentina; (iii) los empleados de los Shoppings; (iv) los empleados de los Organizadores y de sus sociedades vinculadas relacionadas al negocio retail (*);  (v) los locatarios y empleados de los locales y/o góndolas comerciales ubicados en el Shopping a cargo de la promoción; (vi) los empleados y/o subcontratados de las agencias de publicidad y/o agencias productoras relacionadas con la Promoción, y (vii) los familiares en primer grado de consanguinidad y afinidad (padres, hijos, hermanos, cónyuge o conviviente) de todas las personas mencionadas en los puntos anteriores; en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción.

     

    *Empresas vinculadas: SHOPPING NEUQUÉN S.A.; FIBESA SOCIEDAD ANÓNIMA; WE ARE APPA S.A.; CRESUD S.A.C.I.F.Y.A.; GCDI S.A.; y EMPRENDIMIENTO RECOLETA S.A.  
  15. ACEPTACIÓN DE BASES: La participación en esta Promoción implica total conocimiento y aceptación de estas Bases, las que por causas ajenas y de fuerza mayor no imputables al Organizador, podrán ser modificadas, previa autorización de la autoridad de aplicación, sin que ello dé lugar a reclamo o indemnización alguna.

     

  16. COMPETENCIA- JURISDICCIÓN: Toda relación que en virtud de la Promoción se genere entre el Participante y los Organizadores será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre los Organizadores y el Participante, los Tribunales Comerciales de la Ciudad de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.

 

 

BASES Y CONDICIONES “XIAOMI – ALTO PALERMO”

IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, CUIT 30-52532274-9, con domicilio en Carlos Della Paolera 261, piso 9°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) es el organizador de la presente Promoción, sin obligación de compra, denominada “XIAOMI – ALTO PALERMO” (en adelante, la “Promoción”) que se regirá por las estipulaciones y condiciones que a continuación se detallan (en adelante, las “Bases”). Las personas intervinientes en la misma, por su sola participación, aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases, así como las decisiones adoptadas por el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas.

  1. VIGENCIA: La Promoción se llevará a cabo desde el 4 de agosto de 2025 hasta el 9 de agosto de 2025, inclusive, en el horario de 15:00 a 20:00 horas (en adelante, el “Plazo de Vigencia”) en el centro comercial Alto Palermo, sito en Av. Santa Fe 3253, Ciudad de Buenos Aires (en adelante, el “Shopping”).
  2. PARTICIPANTES: Podrán participar de la Promoción (I) aquellas personas físicas, (II) mayores de 18 años, (III) que residan en la República Argentina (en adelante, el “Territorio”), (IV) que se encuentren registradas y/o se registren en ¡appa!, y (V) que carguen en ¡appa! una factura de compra emitida en alguno de los locales/stands del Shopping por la suma de pesos argentinos doscientos mil ($200.000.-) o más y se acerquen al stand de la Promoción ubicado en el acceso de Av. Santa Fe, frente al local adidas, del Shopping para validar su participación (en adelante los “Participantes”).
  3. FACTURAS Y/O TICKETS ADMITIDOS: Son facturas o tickets de compra habilitados para participar de esta Promoción aquéllos que reúnan simultáneamente las características que se establecen a continuación: (i) Que haya sido emitida/o durante el Plazo de Vigencia por alguno de los locales y/o stands del Shopping; (ii) Que sea por la suma de pesos argentinos doscientos mil ($200.000.-) o más; (iii) Que sea cargada en ¡appa! durante el Plazo de Vigencia y presentada en el stand de la Promoción ubicado en planta baja, acceso Santa Fe, frente al local adidas; y (iv) Que esté aprobada por el Organizador. No se podrán acumular facturas para llegar al monto requerido.

    Cada factura que sea presentada en el stand de la Promoción durante el Plazo de Vigencia, que cumpla los requisitos, y que esté aprobada por el Organizador brindará una (1) chance en la Promoción que se describe en las Bases. Para acceder a la Promoción, los Participantes deberán escanear el código QR de ¡appa! exhibido en el stand de la Promoción, una vez cumplidos los requisitos de participación.

    Se aclara que la presente Promoción no implica obligación de compra ya que se podrá participar de manera gratuita siguiendo los pasos indicados en el punto 5 siguiente.

  4. ACTUACIÓN DE APPA: Los Usuarios declaran conocer que la aplicación ¡appa! es de titularidad de WE ARE APPA S.A., CUIT 30-71625300-3, con domicilio en Carlos Della Paolera 261, piso 8, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien actúa exclusivamente con relación a la presente como agente, actuando por nombre y orden de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, siendo este último exclusivo organizador de la presente Promoción.
  5. PROMOCIÓN SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA: Aquellas personas que deseen participar sin cargar una factura de compra, podrán hacerlo siguiendo a la cuenta de Alto Palermo en la red social Instagram (@alto_palermo) y presentando en el stand de la Promoción, durante el Plazo de Vigencia, un dibujo propio realizado a mano y coloreado del logo del Shopping. Asimismo, deberán indicar junto al dorso del dibujo su nombre, apellido, tipo y número de documento, dirección de correo electrónico y teléfono y obtendrán una (1) chance en la Promoción, mediante el escaneo del código QR disponible en el stand. Se podrá presentar como máximo un (1) dibujo durante el Plazo de Vigencia de la Promoción.
  6. MECÁNICA DEL SORTEO: El 11 de agosto de 2025 a las 15:00hs. en el Shopping se realizará un (1) sorteo, entre todos los Participantes (en adelante, el “Sorteo”). El Sorteo se realizará ante la presencia de un escribano público mediante sistema RANDOM, del cual saldrá un (1) potencial ganador extraído de las bases de datos confeccionadas como consecuencia de las posibilidades de participación asignadas conforme a las previsiones previstas en el punto nueve (9) de estas Bases (en adelante, los “Ganador”). En el caso de que salgan seleccionadas personas que no cumplan con los requisitos exigidos en el punto 2 y 3 se sorteará nuevamente y así sucesivamente hasta dar cumplimiento con los requisitos de participación. La persona que cumpla con los requisitos de participación y con el punto 8 respecto a la adjudicación del Premio será el Ganador del Sorteo.

    El Organizador se reserva el derecho de modificar la fecha del Sorteo, dando en su caso, la debida comunicación y publicación. Se extraerá adicionalmente un (1) suplente, para utilizar en caso de que el extraído inicialmente no fuese válido o no cumpla con los requisitos previstos en los puntos 2 y 3 de las presentes Bases, de manera tal de hacer posible la adjudicación del premio correspondiente a la Promoción.

  7. PREMIO: El Ganador del Sorteo será adjudicatario de un (1) celular marca Xiaomi, modelo 14T, con 12GB RAM y 512GB ROM, color negro (en adelante, el “Premio”). El Premio incluye el siguiente contenido de fábrica: Xiaomi 14t x1, Cable USB X1, Funda protectora x1, Pin de extracción x1, y Guía de inicio rápido y tarjeta de garantía x1. El Premio NO incluye cargador de pared.

    El Premio no se podrá canjear por dinero en efectivo, ni otro destino, ni por otro producto ni por ninguna otra prestación, ni aun cuando no gozará de él total o parcialmente por cualquier causa. El Premio se limita al detalle mencionado y por lo tanto no incluye otros bienes, prestaciones ni gastos. En consecuencia, todo gasto adicional en el que incurra el Ganador para acceder, hacer uso o disponer del Premio correrá por su exclusiva cuenta, por lo que queda excluido los gastos de movilidad y traslado para el uso y/o adjudicación del Premio. Una vez entregado, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto del Premio. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado al Premio.

    El Organizador no reemplazará el Premio que sea extraviado o robado o hurtado, después de su entrega del mismo al Ganador. El Organizador no otorga garantía de calidad, ni ninguna otra con relación al servicio ofrecido como Premio, la garantía deberá ser tramitada en forma directa con el fabricante y/o comercializador del producto en la República Argentina. El Organizador no será responsable por los gastos en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa del Sorteo, con excepción de lo previsto en estas Bases.

  8. GANADOR – NOTIFICACIÓN – ACEPTACIÓN DEL PREMIO – ADJUDICACIÓN: El Ganador será notificado a través del correo electrónico y/o teléfono celular asociado a la cuenta de ¡appa! con la cual hayan participado de la Promoción. El Ganador del Sorteo deberá presentarse en la administración del Shopping dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al contacto por parte del Organizador. No se podrá presentar una persona distinta al Ganador. A los efectos de hacer efectiva la adjudicación y la entrega del Premio, el Ganador deberá presentar una copia de su documento nacional de identidad y responder una pregunta de interés general que le será formulada en el momento. Si el Ganador no se presentara en dicho plazo y/o no cumpliera con dichos requisitos y/o respondieran en forma incorrecta a la pregunta de interés general, perderá todo derecho al Premio y se seguirá el mismo procedimiento respecto del suplente, por orden cronológico de selección. En tal sentido, toda presentación o reclamo efectuado por el Ganador en lugar distinto, fuera del horario o fechas indicadas, resultará extemporánea y hará perder, en forma automática, el derecho al reclamo del Premio.

    En el supuesto de que el Premio no fuera efectivamente reclamado y/o retirado por el Ganador y/o el suplente previo al día 25/08/2025, el Premio quedará en propiedad del Organizador.

  9. PREMIO ASIGNADO y NO RECLAMADO: Si por cualquier motivo cualquier Premio no pudiera entregarse, el Premio quedará en poder del Organizador.
  10. PROBABILIDADES: La probabilidad de ganar uno de los Premios dependerá de la cantidad de Participantes, por lo que no es posible su predeterminación matemática. No obstante, y en cumplimiento de las disposiciones reglamentarias aplicables, en el supuesto que se reciban un total de un mil (1.000) participaciones la probabilidad sería de 0,001%.
  11. RESPONSABILIDAD: El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Ganador en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan en esta Promoción, por su sola participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones previstas en las presentes Bases.

    El Organizador en ningún caso, será responsable por fallas en los equipos de computación, de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la Promoción.

    Al recibir el Premio, el Ganador lo acepta sin que exista ninguna otra obligación por parte del Organizador. El Ganador conviene en liberar y eximir de toda responsabilidad al Organizador, así como a sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra persona directamente involucrada en la Promoción, de toda responsabilidad que en cualquier forma pueda surgir directa o indirectamente de su participación en la Promoción y/o de la aceptación y/o utilización del Premio.

  12. DATOS PERSONALES: Los Datos Personales obtenidos a través de la Promoción serán utilizados para las siguientes finalidades: (a) Formar un perfil del Usuario e incorporarlo en programas de fidelización de clientes, (b) Enviarle al Usuario información y material publicitario y/o promocional relacionado con la actividad que desarrolla el Organizador y/o sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas (c) realizar un estudio de mercado de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA o de sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas.

    Los datos personales obtenidos con motivo de la presente Promoción, podrán ser almacenados en una base de datos de titularidad de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, la cual podrá será utilizada por ella o sus sociedades vinculadas o vinculantes a los fines del envío de material publicitario y promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, ellos siempre y cuando el participante preste el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias, suscribiendo la documentación correspondiente.

    El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Ganadores por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los Participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.

    El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de los datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara o permitiera al responsable de la base de datos conservarlos. Podrá hacerlo enviando un mail a clientes@irsa.com.ar

    La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.”

  13. FACULTADES DEL ORGANIZADOR: El Organizador podrá, a su sólo criterio modificar la duración de la Promoción y los Premios por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los Participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
  14. IMPEDIMENTOS PARA PARTICIPAR DE LA PROMOCIÓN: No podrán participar en esta Promoción las siguientes personas: (i) los menores de dieciocho (18) años a la fecha de inicio del plazo de vigencia de la Promoción; (ii) quienes tengan su domicilio fuera de República Argentina, (iii) los empleados del Shopping y de los restantes centros comerciales operados por IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA o sus sociedades vinculadas (*); (iv) los empleados de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA y de sus sociedades vinculadas relacionadas al negocio retail (*); (v) los locatarios y empleados de los locales y/o góndolas comerciales ubicados en el Shopping a cargo de la promoción; (vi) los empleados y/o subcontratados de las agencias de publicidad y/o agencias productoras relacionadas con la Promoción, y (vii) los familiares en primer grado de consanguinidad y afinidad (padres, hijos, hermanos, cónyuge o conviviente) de todas las personas mencionadas en los puntos anteriores; en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio de la Promoción.

    *Empresas vinculadas: IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA; PANAMERICAN MALL S.A.; ARCOS DEL GOURMET S.A.; NUEVO PUERTO SANTA FE S.A.; SHOPPING NEUQUÉN S.A.; FIBESA SOCIEDAD ANÓNIMA; WE ARE APPA S.A.; CRESUD S.A.C.I.F.Y.A.; GCDI S.A.; y EMPRENDIMIENTO RECOLETA S.A.

  15. ACEPTACIÓN DE BASES: La participación en esta Promoción implica total conocimiento y aceptación de estas Bases, las que por causas ajenas y de fuerza mayor no imputables al Organizador, podrán ser modificadas, previa autorización de la autoridad de aplicación, sin que ello dé lugar a reclamo o indemnización alguna.
  16. COMPETENCIA- JURISDICCIÓN: Toda relación que en virtud de la Promoción se genere entre el Participante y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el Participante, los Tribunales Comerciales de la Ciudad de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.

 

BASES Y CONDICIONES ACCIÓN PROMOCIONAL “A MIAMI CON MI AMI” ALTO PALERMO

 

IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, CUIT 30-52532274-9, con
domicilio en Carlos Della Paolera 261, piso 9, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”) e ISALMA VIAJES S.A ., CUIT 30-71647313-5, con domicilio en SARANDI 523 (en adelante, el “Co-Organizador”) son los organizadores de la presente Promoción, sin obligación de compra, denominada “A MIAMI CON MI AMI” (en adelante, la “Promoción”) que se regirá por las estipulaciones y condiciones que a continuación se detallan (en adelante, las “Bases”). Las personas intervinientes en la misma, por su sola participación, aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases, así como las decisiones adoptadas por el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en las
mismas.

  1. VIGENCIA: La Promoción se llevará a cabo desde las 10:00hs 20 de julio de 2025 hasta las 23:59hs del 20 de agosto de 2025 (en adelante, el “Plazo de Vigencia”) en el centro comercial Alto Palermo, sito en Av. Santa Fe 3253, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Shopping”).

  2. PARTICIPANTES: Podrán participar de la Promoción (I) aquellas personas físicas, (II)
    mayores de 18 años, (III) que residan en el área Metropolitana de Buenos Aires (en adelante, el “Territorio”), (IV) que se encuentren registradas y/o se registren en ¡APPA!, y (V) que carguen en la aplicación de ¡appa! el una factura de compra emitida en alguno de los locales/stands del Shopping por la suma de pesos argentinos cien mil ($100.000,00.-) o más (en adelante los “Participantes”).

  3. FACTURAS Y/O TICKETS ADMITIDOS: Son facturas o tickets de compra habilitados
    para participar de esta Promoción aquéllos que reúnan simultáneamente las características que se
    establecen a continuación: (i) Que haya sido emitida/o durante el Plazo de Vigencia por alguno de los
    locales y/o stands del Shopping; (ii) Que sea por la suma de pesos argentinos cien mil ($100.000,00.-)
    o más; (iii) Que sea cargada en la aplicación de ¡appa! durante el Plazo de Vigencia; y (iv) Que esté
    aprobada por el Organizador. Podrán cargarse varias facturas con el monto mínimo indicado, a mayor
    facturas mayor posibilidad de ganar.
    Cada factura que sea cargada durante el Plazo de Vigencia, que cumpla los requisitos, y que esté
    aprobada por el Organizador brindará una (1) chance en la Promoción que se describe en el punto 6
    siguiente. Las facturas emitidas por el Co-Organizador tienen doble chance de participación.
    Se aclara que la presente Promoción no implica obligación de compra ya que se podrá participar de
    manera gratuita siguiendo los pasos indicados en el punto 5 siguiente.

  4. ACTUACIÓN DE APPA: Los Usuarios declaran conocer que la aplicación ¡appa! es de
    titularidad de WE ARE APPA S.A., CUIT 30-71625300-3, con domicilio en Carlos Della Paolera 261,
    piso 8, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien actúa exclusivamente con relación a la presente
    como agente, actuando por nombre y orden de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES
    SOCIEDAD ANÓNIMA, siendo este último exclusivo organizador de la presente Promoción.

  5. PROMOCIÓN SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA: Aquellas personas que deseen
    participar sin cargar una factura de compra, podrán hacerlo siguiendo a la cuenta de @altoplaermoen
    la red social Instagram y presentando en la administración del Shopping, durante el Plazo de Vigencia,
    un dibujo propio realizado a mano y coloreado del logo del Shopping. Asimismo, deberán indicar junto
    al dorso del dibujo su nombre, apellido, tipo y número de documento, dirección de correo electrónico
    y teléfono y obtendrán una (1) chance en el Sorteo que se describe en el punto 6 de las Bases. Se podrá
    presentar como máximo un (1) dibujo durante el Plazo de Vigencia de la Promoción.

  6. MECÁNICA DEL SORTEO: El 21 de agosto de 2025 en el Shopping se realizará un (1)
    sorteo entre todos los Participantes (en adelante, el “Sorteo”). El Sorteo se realizará mediante un sitio
    web o app de sorteos, pudiendo ser grabado o presenciado por dos (2) testigos, o ante un escribano
    público, a elección del Organizador, del cual saldrá un (1) potencial ganador extraído de las bases de
    datos confeccionadas como consecuencia de las posibilidades de participación asignadas conforme a
    las previsiones previstas en el punto nueve (9) de estas Bases (en adelante, los “Ganador”). En el caso
    de que salgan seleccionadas personas que no cumplan con los requisitos exigidos en el punto 2 y 3 se
    sorteará nuevamente y así sucesivamente hasta dar cumplimiento con los requisitos de participación.
    La persona que cumpla con los requisitos de participación y con el punto 8 respecto a la adjudicación
    del Premio será el Ganador del Sorteo.
    El Organizador se reserva el derecho de modificar la fecha del Sorteo, dando en su caso, la debida
    comunicación y publicación. Se extraerá adicionalmente un (1) suplente, para utilizar en caso de que
    el extraído inicialmente no fuese válido o no cumpla con los requisitos previstos en los puntos 2 y 3
    de las presentes Bases, de manera tal de hacer posible la adjudicación del premio correspondiente a la
    Promoción.

  7. PREMIO: El Ganador del Sorteo será adjudicatario de dos (2) pasajes en clase económica con
    destino Buenos Aires-Miami en temporada baja (en adelante, el “Premio”). Los pasajes deberán ser
    reservados con noventa (90) días de anticipación y segun la disponibilidad del Co-Organizador. Los
    Tickets incluyen un (1) objeto personal por pasajero (mochila o cartera tamaño reducido según politica
    de la aerolínea). No incluye equipaje de mano, carry on o valija para despacho.
    Los pasajes deberán utilizarse exclusivamente en temporada baja, quedando expresamente excluidos
    los siguientes períodos: enero, febrero, julio, feriados nacionales, fines de semana largos y otras fechas
    consideradas de alta demanda por las aerolíneas.
    El Premio podrá intercambiarse hasta el 21 de septiembre de 2025 y deberá canjearse para vuelos en
    2026.

    El Premio no se podrá canjear por dinero en efectivo, ni otro destino, ni por otro producto ni por ninguna
    otra prestación, ni aun cuando no gozará de él total o parcialmente por cualquier causa. El Premio se
    limita al detalle mencionado y por lo tanto no incluye otros bienes, prestaciones ni gastos. En
    consecuencia, todo gasto adicional en el que incurra el Ganador para acceder, hacer uso o disponer del
    Premio correrá por su exclusiva cuenta, por lo que queda excluido los gastos de movilidad y traslado
    para el uso y/o adjudicación del Premio. Una vez entregado, el Organizador queda liberado de toda
    responsabilidad respecto del Premio. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o
    destino dado al Premio.

    El Organizador ni el Co-Organizador no reemplazará el Premio que sea extraviado o robado o hurtado,
    después de su entrega del mismo al Ganador. El Organizador no otorga garantía de calidad, ni ninguna
    otra con relación al servicio ofrecido como Premio. El Organizador no será responsable por los gastos
    en que incurrieren los Participantes en cualquier etapa del Sorteo, con excepción de lo previsto en estas
    Bases.

    A dichos efectos, el Ganador deberá brindar sus datos para la asignación del pasaje. Asimismo, para
    corroborar los datos del Ganador, este último autoriza al ORGANIZADOR a enviar los siguientes datos
    personales al Co-Organizador: Nombre, Apellido y D.N.I. a efectos de hacer efectiva la adjudicación
    del Premio. Será requisito indispensable e ineludible que el Ganador cuente con Documento Nacional
    de Identidad, Pasaporte y documentación requerida por el país de destino, actualizada y vigente al
    momento de seleccionar las fechas del pasaje y al momento de viajar. El Organizador ni Co-
    Organizador no serás responsables por falta de documentación.

  8. GANADOR – NOTIFICACIÓN – ACEPTACIÓN DEL PREMIO – ADJUDICACIÓN:
    El Ganador será notificado a través del correo electrónico y/o teléfono celular asociado a la cuenta de
    ¡appa! con la cual hayan participado de la Promoción. El Ganador del Sorteo deberá presentarse en la
    administración del Shopping dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al contacto por parte del
    Organizador. No se podrá presentar una persona distinta al Ganador. A los efectos de hacer efectiva la
    adjudicación y la entrega del Premio, el Ganador deberá presentar una copia de su documento nacional
    de identidad y responder una pregunta de interés general que le será formulada en el momento. Si el
    Ganador no se presentara en dicho plazo y/o no cumpliera con dichos requisitos y/o respondieran en
    forma incorrecta a la pregunta de interés general, perderá todo derecho al Premio y se seguirá el mismo
    procedimiento respecto del suplente, por orden cronológico de selección. En tal sentido, toda
    presentación o reclamo efectuado por el Ganador en lugar distinto, fuera del horario o fechas indicadas,
    resultará extemporánea y hará perder, en forma automática, el derecho al reclamo del Premio.
    En el supuesto de que el Premio no fuera efectivamente reclamado y/o retirado por el Ganador y/o el
    suplente previo al día 24/08/2025, el Premio quedará en propiedad del Co-Organizador.
  9. PREMIO ASIGNADO y NO RECLAMADO: Si por cualquier motivo cualquier Premio no
    pudiera entregarse, el Premio quedará en poder del Co-Organizador.
  10. PROBABILIDADES: La probabilidad de ganar uno de los Premios dependerá de la cantidad
    de Participantes, por lo que no es posible su predeterminación matemática. No obstante, y en
    cumplimiento de las disposiciones reglamentarias aplicables, en el supuesto que se reciban un total de
    un mil (1.000) participaciones la probabilidad sería de 0,001.
  11. RESPONSABILIDAD: Ni Organizador ni el Co-Organizador serán responsables por los
    daños y perjuicios que pudieran sufrir el Ganador en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión
    de la participación y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan en
    esta Promoción, por su sola participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las
    disposiciones previstas en las presentes Bases.

    Ni el Organizador ni el Co-Organizador en ningún caso, será responsable por fallas en los equipos de
    computación, de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet, ni
    por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar,
    suspender o interrumpir el normal desarrollo de la Promoción.

    Al recibir el Premio, el Ganador lo acepta sin que exista ninguna otra obligación por parte del
    Organizador. El Ganador conviene en liberar y eximir de toda responsabilidad al Organizador, así como
    a sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra persona directamente involucrada en la
    Promoción, de toda responsabilidad que en cualquier forma pueda surgir directa o indirectamente de
    su participación en la Promoción y/o de la aceptación y/o utilización del Premio.

  12. DATOS PERSONALES: Los Datos Personales obtenidos a través de la Promoción serán
    utilizados para las siguientes finalidades: (a) Formar un perfil del Usuario e incorporarlo en programas
    de fidelización de clientes, (b) Enviarle al Usuario información y material publicitario y/o promocional
    relacionado con la actividad que desarrolla el Organizador y/o sus sociedades vinculadas, controlantes
    o controladas (c) realizar un estudio de mercado del Organizador y el Co-Organizador o de sus
    sociedades vinculadas, controlantes o controladas.

    Los datos personales obtenidos con motivo de la presente Promoción, podrán ser almacenados en una
    base de datos de titularidad del Organizador y Co-organizador, la cual podrá será utilizada por ella o
    sus sociedades vinculadas o vinculantes a los fines del envío de material publicitario y promocional
    por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío
    de correo electrónico, ellos siempre y cuando el participante preste el consentimiento respectivo en los
    términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias, suscribiendo la
    documentación correspondiente.

    El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Ganadores por los
    medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación
    de realizar compensación alguna. Con la sola participación en la presente Promoción, los Participantes
    prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento
    e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga.
    La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la
    Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3
    inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los
    Participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o
    utilización mencionada precedentemente.

    El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma
    gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto
    conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de los
    datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la
    supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara
    o permitiera al responsable de la base de datos conservarlos. Podrá hacerlo enviando un mail a
    clientes@irsacp.com.ar .

    La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control
    de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes
    resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección
    de datos personales.”

  13. FACULTADES DEL ORGANIZADOR: El Organizador podrá, a su sólo criterio modificar
    la duración de la Promoción y los Premios por otros de idénticas características y valores o introducir
    modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y
    publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. El Organizador
    podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases cuando se presenten situaciones
    no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los
    Participantes. El Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación
    no prevista en estas Bases y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.
  14. IMPEDIMENTOS PARA PARTICIPAR DE LA PROMOCIÓN: No podrán participar en
    esta Promoción aquellas personas menores de dieciocho (18) años a la fecha de inicio del plazo de
    vigencia de la Promoción ni quienes tengan su domicilio fuera del Territorio, los empleados del
    Organizador, los locatarios y empleados de los locales y/o góndolas comerciales ubicados en el
    Shopping, los de las agencias de publicidad relacionada con la Promoción, ni sus correspondientes
    familiares en primer grado de consanguinidad, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha
    de inicio de la Promoción.
  15. ACEPTACIÓN DE BASES: La participación en esta Promoción implica total conocimiento
    y aceptación de estas Bases, las que por causas ajenas y de fuerza mayor no imputables al Organizador,
    podrán ser modificadas, previa autorización de la autoridad de aplicación, sin que ello dé lugar a
    reclamo o indemnización alguna.
  16. COMPETENCIA- JURISDICCIÓN: Toda relación que en virtud de la Promoción se genere
    entre el Participante y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la
    República Argentina, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener
    derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal
    que surja entre el Organizador y el Participante, los Tribunales Comerciales de la Ciudad de Buenos
    Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier
    otra jurisdicción que pudiera corresponderle.