Skip to main content

BASES Y CONDICIONES: “CONCURSO DE PLAN DE INCENTIVOS – Colección Argentina”

TÉRMINOS Y CONDICIONES

“CONCURSO PLAN DE INCENTIVOS – LA COLECCIÓN ARGENTINA – PLAYMOBIL”

ALTO PALERMO

IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, CUIT 30-52532274-9 (en adelante, “IRSA”), con domicilio en Carlos María Della Paolera 261, Piso 9°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es el organizador del presente concurso denominado “Plan de Incentivos de La Colección Argentina – Playmobil” (en adelante el “Concurso”) que se regirá por las estipulaciones y condiciones que a continuación se detallan (en adelante las “Bases”). Las personas intervinientes en la misma, por su sola participación, aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases, así como las decisiones adoptadas por el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas.

1. 2. 3. 4. VIGENCIA: El Concurso tendrá vigencia desde las 8 hs. del 15 de abril hasta las 22 hs. del 19 de julio o hasta agotar stock de “La Colección Argentina de Playmobil” lo que ocurra primero (en adelante, el “Plazo del Concurso” y/o el “Plazo de Vigencia”) y será en el centro comercial Alto Palermo, sito en Av. Santa Fe 3253, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Shopping”). Dentro de dicho Plazo de Vigencia, el Concurso se dividirá en dos períodos: un primer período desde el 6 de mayo de 2026 hasta el 29 de mayo de 2026 (en adelante, el “Primer Plazo del Concurso”), cuyo recuento de puntos se realizará el 29 de mayo de 2026, y un segundo período desde el 1 de junio de 2026 hasta el 30 de junio de 2026, cuyo recuento de puntos se realizará el 30 de junio de 2026 (en adelante, el “Segundo Plazo del Concurso”). PARTICIPANTES: Las personas habilitadas para participar en el Concurso son aquéllas: (i) mayores de 18 años, (ii) que residan en la República Argentina, (iii) que sean empleados de los locatarios/permisionarios destinados a la venta de productos en los locales/stands ubicados en el Shopping adheridos al Plan de Incentivos de la acción “La Colección Argentina – Playmobil” y (iv) que se encuentren legalmente registrados como empleados de cada local/stand anteriormente mencionado (en adelante los “Participantes”). MECÁNICA DEL CONCURSO: Los empleados de cada local/stand del Shopping paticiparán en equipo para lograr que los clientes que realicen compras en su local/stand carguen su/s factura/s en la aplicación de ¡appa! y, posteriormente, realicen la compra de al menos 1 (un) Playmobil de La Colección Argentina. Cada equipo estará compuesto por todos los empleados, sin importar la cantidad que sean, de cada local/stand que adhiera al Plan de Incentivos de “La Colección Argentina – Playmobil”. El objetivo del presente Concurso será conseguir la mayor cantidad de facturas y/o tickets de compra cargadas por los clientes del local/stand en la aplicación de ¡appa! que posteriormente resulten en la compra de al menos 1 (un) Playmobil de La Colección Argentina durante la Vigencia del Concurso. Se determinará un local o stand ganador del Concurso para el Primer Plazo del Concurso y un local o stand ganador del Concurso para el Segundo Plazo del Concurso. Cada equipo sumará un (1) punto por cada factura y/o ticket de compra que su cliente cargue en la aplicación ¡appa! que posteriormente resulte en la compra de 1 (un) Playmobil de La Colección Argentina. Para ello, los Participantes deberán incentivar la carga de facturas en la sección “Mis Facturas” de la aplicación ¡appa! Serán inválidas las facturas duplicadas, es decir, correspondientes a un mismo consumo. El 29 de mayo de 2026 y el 30 de junio de 2026 se contabilizarán los puntos obtenidos por cada equipo y se determinará un (1) equipo ganador por Shopping en cada una de dichas fechas. Se podrá solicitar D.N.I. para acreditar este requisito. Es requisito indispensable para participar en el Concurso que el local/stand logre una cantidad mínima de veinticinco (25) facturas cargadas en ¡appa! y que la sumatoria de dichas facturas acumule un monto mínimo total de pesos un millón ($1.000.000) durante el Plazo de Vigencia. FACTURAS Y/O TICKETS HABILITADOS: Los clientes de los locales/stands deberán cargar facturas y/o tickets que cumplan los siguientes requisitos: (i) Que hayan sido emitidas durante el Plazo de Vigencia del Concurso (ya sea el Primer Plazo del Concurso o el Segundo Plazo del Concurso) por un local y/o stand del Shopping adherido al Plan de Incentivos de “La Colección Argentina – Playmobil”, y (ii) que sea cargada en el sector “Mis Facturas” de la aplicación ¡appa! No se admitirán facturas/tickets cargados/os por y/o que figuren a nombre de los Participantes. Los Participantes sólo podrán participar en elConcurso mediante sus equipos e incentivando la carga en ¡appa!, no contando las facturas y/o tickets de consumos propios por parte de los Participantes.

5. MECÁNICA DE ADJUDICACIÓN DE GANADORES: Dentro del Plazo de Vigencia, se realizarán dos instancias, determinándose los ganadores: una el 29 de mayo de 2026, en base a las facturas cargadas durante el mes de mayo, y otra el 30 de junio de 2026, en base a las facturas cargadas durante el mes de junio. Finalizados dichos períodos, se procederá al recuento de los puntos obtenidos de todos los equipos en el Concurso a fin de confeccionar un listado con el puntaje de cada equipo. Será considerado ganador del Concurso el equipo que hubiera obtenido la mayor cantidad de puntos entre todo el Shopping en cada una de las fechas, siempre que reúnan las condiciones de participación previstas en el punto dos (2) y los requisitos de adjudicación previstos en el punto siete (7) (En adelante los “Ganadores” y/o “Ganador”). Se determinará un (1) Ganador (equipo) para el Primer Plazo del Concurso y un (1) Ganador (equipo) para el Segundo Plazo del Concurso. En caso de que un equipo no cumpla con los requisitos de participación y/o de adjudicación del Premio quedará descalificado y se determinará como Ganador al segundo equipo que más puntos haya acumulado. En caso de empate en cantidad de puntos entre dos o más equipos en el Shopping, se determinará al equipo Ganador según el monto total de ventas alcanzadas mediante las facturas/tickets cargados en ¡appa!

6. PREMIOS: Los Ganadores del Concurso serán adjudicatarios de: (i) en caso de contar con menos de diez (10) empleados, recibirá cada uno de ellos una (1) orden de compra ¡appa! Gift por la suma de pesos $100.000 (cien mil pesos) para utilizar en locales adheridos al sistema del Shopping; o (ii) en caso de contar con diez (10) o más empleados, el equipo Ganador recibirá hasta pesos $1.000.000 (un millón de pesos) en ¡appa! Gift en total a repartir entre todos los empleados del equipo Ganador (en adelante, los “Premios” o el “Premio” indistintamente). Los Premios sólo podrán ser utilizados por los empleados del local/stand Ganador dentro del mismo Shopping en locales adheridos al sistema ¡appa! Gift y para adquirir productos seleccionados de las marcas participantes. Las órdenes de compra ¡appa! Gift son órdenes de compra virtuales para utilizar en los locales/stands adheridos al sistema del Shopping. Tendrán vigencia por treinta (30) días a contar desde su adjudicación. Transcurrida la fecha de vencimiento, los ¡appa! Gift carecerán de valor. Los ¡appa! Gift podrán ser utilizados directamente desde la aplicación ¡appa! de los Ganadores. Las órdenes de compra ¡appa! Gift serán asignadas al usuario de quienes hayan resultado Ganadores, sin excepción. Los ¡appa! GIft son intransferibles. Los Ganadores deberán consultar condiciones de uso, comercios adheridos y más información en www.appagift.com/. Se deja constancia que los ¡appa! Gift se limitan al detalle mencionado y no podrán ser canjeados por sumas de dinero y/o por otro bienes y servicios. En caso de que el monto de la compra sea inferior a dicha suma no existirán saldos a favor de los Ganadores. Si los Ganadores realizaran una compra por un valor superior al monto disponible del Premio, deberá abonar la diferencia con los medios de pago disponibles en los locales adheridos. Los Premios no se podrán canjear por dinero en efectivo, ni por otros productos y/o servicios ni por ninguna otra prestación, ni aun cuando no gozarán de aquellos total o parcialmente por cualquier causa. Los Premios se limitan al detalle mencionado y por lo tanto no incluye otros bienes, prestaciones ni gastos. En consecuencia, todo gasto adicional en el que incurran los Ganadores para acceder, hacer uso o disponer de su Premio correrá por su exclusiva cuenta. El Premio es para uso personal de los Ganadores y no podrá ser transferido. Una vez entregados los Premios, el Organizador queda liberado de toda responsabilidad respecto de los mismos. El Organizador no asume responsabilidad alguna por el uso o destino dado a los Premios. El Organizador no otorga garantía de calidad, ni ninguna otra con relación al servicio ofrecido como Premio. El Organizador no serán responsables por los gastos en que incurrieren los Participantes y/o los Ganadores en cualquier etapa del Concurso, con excepción de lo previsto en estas Bases.

7. GANADORES- NOTIFICACIÓN- ACEPTACIÓN DEL PREMIO- ADJUDICACIÓN: Los Ganadores del Concurso serán notificados por la administración del Shopping dentro delos siete (7) días hábiles de la realización del recuento de los puntos según lo referido en estas Bases. A efectos de hacer efectiva la adjudicación de los Premios, los Ganadores deberán informar al Organizador en un plazo de setenta y dos (72) horas su nombre y apellido, número de Documento Nacional de Identidad (DNI) y correo electrónico vinculado a ¡appa! La adjudicación de los Premios se realizará de forma digital en las cuentas de ¡appa! de los Ganadores, sin excepción. En caso de que alguno de los Ganadores no contara con una cuenta válida en ¡appa! deberá registrarse en la aplicación para poder recibir el Premio.

8. PREMIO ASIGNADO y NO RECLAMADO: Si por cualquier motivo cualquiera de los Premios no pudiera entregarse o no fuera reclamado por su Ganador dentro de diez (10) días de contactado, el Premio quedará en poder del Organizador.

9. RESPONSABILIDAD: El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Ganador en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo. Las personas que intervengan en este Concurso, por su sola participación aceptarán de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones previstas en las presentes Bases. El Organizador, en ningún caso, será responsable por fallas en los equipos de computación, de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo del Concurso. Al recibir el Premio, el Ganador lo acepta sin que exista ninguna otra obligación por parte del Organizador. Los Ganadores convienen en liberar y eximir de toda responsabilidad al Organizador, así como a sus respectivos empleados y directivos y a cualquier otra persona directamente involucrada en el Concurso, de toda responsabilidad que en cualquier forma pueda surgir directa o indirectamente de su participación en el Concurso y/o de la aceptación y/o utilización de los Premios.

10. DATOS PERSONALES: Los Datos Personales obtenidos a través del Concurso podrán ser utilizados para las siguientes finalidades: (a) Formar un perfil del Usuario e incorporarlo en programas de fidelización de clientes, (b) Enviarle al Usuario información y material publicitario y/o promocional relacionado con la actividad que desarrolla el Organizador y/o sus sociedades vinculadas, controlantes o controladas (c) realizar un estudio de mercado de las empresas de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANONIMA. Los datos personales obtenidos con motivo del presente Concurso, podrán ser almacenados en una base de datos de titularidad de IRSA INVERSIONES Y REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANONIMA, la cual podrá será utilizada por ella o sus sociedades vinculadas o vinculantes a los fines del envío de material publicitario y promocional por cualquier medio que considere conveniente, incluyendo medios gráficos o de impresión, o el envío de correo electrónico, ellos siempre y cuando el participante preste el consentimiento respectivo en los términos de la Ley 25.326 y sus normas modificatorias y complementarias, suscribiendo la documentación correspondiente El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes de los Ganadores por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, por el término de un (1) año y sin obligación de realizar compensación alguna. Con la sola participación en el presente Concurso, los Participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres, tipo y nro. de documento e imágenes (foto y video) por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. La presente autorización es realizada en los términos del art. 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del art. 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3 inc. h) de la ley N° 22.362 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, los Participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite uninterés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. Asimismo, el titular de los datos tiene el derecho a rectificar sus datos, si los mismos fueran erróneos o inexactos, y de solicitar la supresión de los mismos, salvo que una norma legal, una obligación contractual u otra razón obligara o permitiera al responsable de la base de datos conservarlos.

La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.”

11. FACULTADES DEL ORGANIZADOR: El Organizador podrá, a su sólo criterio modificar la duración del Concurso y los Premios por otros de idénticas características y valores o introducir modificaciones a cualquiera de los puntos enunciados dando, en su caso, la debida comunicación y publicidad y llevando a cabo de corresponder, los procedimientos legales necesarios. EL Organizador podrá suspender o modificar total o parcialmente las presentes Bases cuando se presenten situaciones no imputables al Organizador, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los Participantes. EL Organizador será el único que tendrá facultad de decisión respecto de toda situación no prevista en estas Bases y las resoluciones que adopte al respecto serán definitivas e inapelables.

12. IMPEDIMENTOS PARA PARTICIPAR DEL CONCURSO: No podrán participar en este Concurso aquellas personas menores de dieciocho (18) años a la fecha de inicio del Plazo de Vigencia, ni quienes no sean empleados de un local y/o stand de los Shoppings, ni quienes tengan su domicilio fuera de la República Argentina, los empleados del Organizador, los de las agencias de publicidad relacionada con el Concurso, ni sus correspondientes familiares en primer grado de consanguinidad, en todos los casos con relación laboral vigente a la fecha de inicio del Concurso.

13. ACEPTACIÓN DE BASES: La participación en este Concurso implica total conocimiento y aceptación de estas Bases, las que por causas ajenas y de fuerza mayor no imputables al Organizador, podrán ser modificadas, previa autorización de la autoridad de aplicación, sin que ello dé lugar a reclamo o indemnización alguna.

14. COMPETENCIA- JURISDICCIÓN: Toda relación que en virtud del Concurso se genere entreel Participante y el Organizador será regida y concertada en total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Asimismo, resultarán competentes para dirimir cualquier controversia o procedimiento legal que surja entre el Organizador y el Participante, los Tribunales Nacionales en lo Comercial de la Ciudad de Buenos Aires, cualquiera sea la causa de la acción o el reclamo, con renuncia expresa por parte suya a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle.